La gestación subrogada es una técnica mediante la cual una persona o una pareja que quiere tener un hijo crea un acuerdo con una mujer para quesea quien lo geste. Comúnmente este acuerdo se cierra con unas condiciones económicas (quien quiere tener al hijo, paga, y quien lo gesta, cobra) y establece que, una vez nazca el bebé, este será entregado a la persona o pareja.
Se trata de una técnica ilegal en España desde 2006. A pesar de ello, hasta hace poco existían maneras de ‘burlar’ la legislación: inscribiéndolo en países con leyes más laxas para, posteriormente, volver a España con el menor. Con el registro procedente del país extranjero, el Registro Civil de España aprobaba su inscripción y el bebé se convertía, a todos los efectos, en hijo de la pareja o la persona que lo registraba.
Ahora, el Ministerio de Justicia imposibilita esta práctica ya que inscribir a un bebé nacido a través de un vientre de alquiler en otro país dejará de ser un trámite directo, aunque se cuente con una resolución administrativa o judicial extranjera que valide el contrato de subrogada. Esta instrucción también suspende todas las solicitudes de inscripción que quedasen pendientes desde la publicación de la instrucción.
Desde el Gobierno de España han justificado esta instrucción como una decisión tomada para “que prevalezca siempre el interés superior del menor, evitando su mercantilización”.

