Más allá de la preferencia personal por un ambiente fresco, la ley española establece directrices claras para garantizar que las condiciones térmicas no solo sean confortables, sino también seguras para la salud de los trabajadores. La normativa principal que rige esta materia es el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
Este Real Decreto no deja al arbitrio del empleador la gestión de la temperatura y la ventilación, sino que impone una serie de obligaciones ineludibles. Su objetivo primordial es asegurar que las condiciones ambientales no representen un riesgo para la seguridad y la salud de los empleados, ni se conviertan en una fuente constante de incomodidad o molestia.
La ley es específica en cuanto a los rangos de temperatura para trabajos en locales cerrados.
❄️Para trabajos sedentarios, como los que se realizan en oficinas, la temperatura debe oscilar entre 17ºC y 27ºC.
❄️Para trabajos ligeros, donde la actividad física es mayor, el rango se amplía ligeramente, situándose entre 14ºC y 25ºC. Estas cifras, aunque pueden parecer amplias, marcan los límites dentro de los cuales el empleador debe operar para garantizar un ambiente adecuado.
Además de la temperatura, la humedad relativa es otro factor crucial para el confort térmico y la salud. La normativa establece que debe mantenerse entre el 30% y el 70%. Un ambiente demasiado seco puede causar irritación en las mucosas, mientras que uno excesivamente húmedo puede generar sensación de bochorno y favorecer el crecimiento de microorganismos. En aquellos lugares donde la electricidad estática sea un riesgo, el límite inferior de humedad se eleva al 50%.

Finalmente, la renovación del aire es un pilar fundamental de la normativa. El sistema de ventilación, ya sea natural o forzado (incluyendo el aire acondicionado), debe asegurar una efectiva renovación del aire del local de trabajo. Esta obligación tiene en cuenta las características específicas del lugar, los procesos productivos y el clima de la zona. Una adecuada renovación del aire ayuda a controlar la calidad del aire interior, eliminando contaminantes y olores, y contribuyendo a un ambiente más saludable.
Aunque la ley establece rangos, es importante recordar que el confort térmico es subjetivo. Por ello, organismos como el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) suelen recomendar temperaturas más específicas para el día a día: entre 23ºC y 26ºC en verano, y entre 20ºC y 24ºC en invierno.
El empleador, en última instancia, tiene la responsabilidad de adaptar las condiciones ambientales a las características de los trabajadores y del tipo de trabajo, buscando siempre un equilibrio que garantice tanto la seguridad como el bienestar. El incumplimiento de estas disposiciones no solo puede acarrear sanciones, sino que, lo que es más importante, puede afectar la salud y la productividad de los empleados, haciendo imprescindible una gestión rigurosa de las condiciones térmicas en el entorno laboral español ◙

