La reforma de la jubilación anticipada a los 52 años en profesiones de riesgo ya está aprobada

Se han establecido nuevos coeficientes reductores para facilitar esta opción cuando no sea viable mejorar las condiciones de trabajo.

Una nueva medida del Gobierno permitirá a más trabajadores de sectores con altos índices de siniestralidad y bajas laborales jubilarse anticipadamente a los 52 años. Se han establecido nuevos coeficientes reductores para facilitar esta opción cuando no sea viable mejorar las condiciones de trabajo.

Las personas trabajadoras con una actividad profesional con elevados índices de morbilidad o mortalidad, podrán anticipar su edad de jubilación, siempre y cuando no sea posible una mejora de las condiciones de trabajo. Se establece así el cauce para determinar la aplicación de coeficientes reductores en situaciones que lo requieran.

Este procedimiento previo, basado en indicadores objetivos, cuenta con el consenso de los interlocutores sociales, tras el Acuerdo de la Mesa de Diálogo Social alcanzado con el Gobierno el pasado julio.

El cambio normativo nos acerca a las políticas aprobadas por los países del entorno europeo como Francia, Austria o Italia y se espera a que contribuya a estrechar la brecha de género.

Uno de los avances de este Real Decreto es que se han definido de forma más exhaustiva la naturaleza de las actividades profesionales que puedan acceder a estos coeficientes.

Dentro de los criterios para determinar la penosidad se encuentran, por ejemplo:

🟢La exposición a temperaturas extremas, ruido o vibraciones; el uso permanente de la fuerza física; la exposición a agentes físicos, químicos o biológicos.

🟢 En cuanto a la toxicidad, estarán bajo esta condición los trabajos con exposición a agentes físicos, químicos o biológicos agresivos o nocivos.

🟢 La peligrosidad contempla actividades susceptibles de causar un accidente laboral o enfermedad profesional al trabajador con un mayor grado de incidencia o frecuencia que otros trabajos.

🟢Por último, la insalubridad se refiere a actividades con exposición a un ambiente susceptible de ser perjudicial para la salud del trabajador.

La solicitud para iniciar el proceso de reconocimiento de estos coeficientes especiales será realizada conjuntamente por organizaciones empresariales, sindicales, de autónomos y, en algunos casos, por las propias Administraciones Públicas. Se realizará ante la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, que emitirá un informe de morbilidad y mortalidad, y recabará los informes del Organismo Estatal de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y del Instituto de Seguridad y Salud en el trabajo y, si es para trabajadores públicos, del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública. 

Toda la información en este enlace: https://www.inclusion.gob.es/documents/20121/0/20250527+NP+CoefReductoresActivPenosas.pdf/c26cdae5-4798-3aaf-d3d9-e8718d97c963?t=1748345038721

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